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Ayudas ortopedicas para perros

Las nuevas ayudas técnicas y ortopédicas para perros se utilizan en una gran variedad de casos. Estas aumentan la movilidad de los canes proporcionando el soporte necesario para mantener la actividad diaria. Los perros necesitan hacer ejercicio para mantener su bienestar físico y emocional. Si un perro es incapaz de hacer ejercicio, puede desarrollar problemas como enfermedades del corazón, obesidad, alteraciones óseas, atrofia muscular y problemas emocionales como agresividad o ansiedad.

Casos aplicables

Las ayudas técnicas pueden ser utilizadas para esguinces, debilidad muscular, artritis, displasia de cadera, rehabilitación post-operatoria, cojera, debilidad o dolor en las articulaciones que acaban generando un problema de movilidad. Las ayudas técnicas deben permitir al perro realizar sus actividades cuotidianas, pero también deben ser cómodas y ofrecer protección contra irritaciones y úlceras en la piel del perro por eso es importante que sean realizadas por especialistas. Enumeramos las más frecuentes:

Rodilla

Protector de rodilla canina

Los protectores de rodilla se utilizan normalmente después de la cirugía para la rehabilitación del ligamento cruzado anterior (LCA), luxación de rótula, ligamento colateral medial (LCM), ligamento colateral lateral (LCL) o ligamentos cruzados posteriores (PCL). Las rodilleras proporcionan apoyo y estabilidad, previenen la pérdida de músculo durante el período de recuperación y reducen el riesgo de nuevas lesiones. Los protectores de rodilla también se suelen utilizar en casos en los que la cirugía no se llega a realizar.

Tarso y Carpo

Protector de tarsoSoporte para carpo

 

 

 

 

 

 

Los protectores de tarso están indicados, en casos de artrosis pero también para rehabilitación postquirúrgica o lesión en el tendón de Aquiles, daños en nervios de la extremidad trasera o del pié y rehabilitación de la articulación del corvejón. También pueden ser utilizados como apoyo a largo plazo en condiciones no quirúrgicas. Un protector de tarso o corvejón estabiliza el hueso de la pierna trasera, así como los músculos y los tendones de la extremidad y la rodilla. Funciona de manera similar a una rodillera en humanos, permitiendo que el perro se mueva sin forzar la articulación. También evita que el can vuelva a lesionarse la articulación o ligamentos afectados.

Codos

Protector de codo canino

 

Un protector de codo se utiliza para apoyar la articulación del codo después de una cirugía o para reducir el dolor de la artritis, enfermedades degenerativas de las articulaciones u otras condiciones similares. Proporciona control en el movimiento lateral mientras que permite la extensión y flexión normal a la vez que trata y protege higromas y callos.

 

Soporte de cadera caninoCadera

Un soporte de cadera sujeta y aumenta la temperatura de la espalda baja y la cadera del perro. Fabricado en neopreno especial, rodea la espalda baja, cadera y la pierna superior y se sujeta gracias a un arnés tipo romano. Los soportes de cadera son de uso general para los perros con displasia de cadera de leve a moderada y artrosis localizada.

Hombros

Ortesis de codo canina

La inestabilidad del hombro medial (MSI) es una de las causas de cojera en las patas delanteras. Un soporte especial permitiría apoyar el hombro, lo que limitaría la extensión, flexión y abducción, permitiendo que el perro soporte su peso. Estas ayudas se pueden utilizar tras la cirugía o como tratamiento no quirúrgico pero también de forma preventiva.

¿Cómo llevar al perro en el coche?

Ahora que se acercan las vacaciones es importante recordar que no podemos llevar a nuestro perro suelto dentro de un vehículo sin habilitar. Primero por nuestra propia seguridad, y luego por las posibles sanciones.

¿Pero que es lo que dice exactamente la ley?perro-rodilla-en-la-calle

El artículo 18.1 del Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial (BOE núm. 306, de 23-12-03) y aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo en su artículo 11.2, establecen que “El conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía. A estos efectos, deberá cuidar especialmente de mantener la posición adecuada y que la mantengan el resto de los pasajeros, y la adecuada colocación de los objetos o animales transportados para que no haya interferencia entre el conductor y cualquiera de ellos

Igualmente en el artículo 11.2 del Real Decreto 1428/2003 sobre Transporte colectivo de personas dice textualmente:

2. En los vehículos destinados al servicio público de transporte colectivo de personas se prohíbe a los viajeros:

a) Distraer al conductor durante la marcha del vehículo.

b) Entrar o salir del vehículo por lugares distintos a los destinados, respectivamente, a estos fines.

c) Entrar en el vehículo cuando se haya hecho la advertencia de que está completo.

d) Dificultar innecesariamente el paso en los lugares destinados al tránsito de personas.

e) Llevar consigo cualquier animal, salvo que exista en el vehículo lugar destinado para su transporte. Se exceptúan de esta prohibición, siempre bajo su responsabilidad, a los invidentes acompañados de perros, especialmente adiestrados como lazarillos.

f) Llevar materias u objetos peligrosos en condiciones distintas de las establecidas en la regulación específica sobre la materia.

g) Desatender las instrucciones que, sobre el servicio, den el conductor o el encargado del vehículo.”

Cabe recordar que conducir un vehículo sin cuidar de la adecuada colocación del animal trasportado, para que no interfieran en la conducción (recintos adecuados o independientes del usado por los pasajeros, o sistemas como el cinturón de seguridad para perros), se sanciona con 60 euros y no conlleva la perdida de puntos del carné.

¡Feliz viaje!

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