¿Pero que es lo que dice exactamente la ley?
El artículo 18.1 del Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial (BOE núm. 306, de 23-12-03) y aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo en su artículo 11.2, establecen que “El conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía. A estos efectos, deberá cuidar especialmente de mantener la posición adecuada y que la mantengan el resto de los pasajeros, y la adecuada colocación de los objetos o animales transportados para que no haya interferencia entre el conductor y cualquiera de ellos
Igualmente en el artículo 11.2 del Real Decreto 1428/2003 sobre Transporte colectivo de personas dice textualmente:
2. En los vehículos destinados al servicio público de transporte colectivo de personas se prohíbe a los viajeros:
a) Distraer al conductor durante la marcha del vehículo.
b) Entrar o salir del vehículo por lugares distintos a los destinados, respectivamente, a estos fines.
c) Entrar en el vehículo cuando se haya hecho la advertencia de que está completo.
d) Dificultar innecesariamente el paso en los lugares destinados al tránsito de personas.
e) Llevar consigo cualquier animal, salvo que exista en el vehículo lugar destinado para su transporte. Se exceptúan de esta prohibición, siempre bajo su responsabilidad, a los invidentes acompañados de perros, especialmente adiestrados como lazarillos.
f) Llevar materias u objetos peligrosos en condiciones distintas de las establecidas en la regulación específica sobre la materia.
g) Desatender las instrucciones que, sobre el servicio, den el conductor o el encargado del vehículo.”
Cabe recordar que conducir un vehículo sin cuidar de la adecuada colocación del animal trasportado, para que no interfieran en la conducción (recintos adecuados o independientes del usado por los pasajeros, o sistemas como el cinturón de seguridad para perros), se sanciona con 60 euros y no conlleva la perdida de puntos del carné.
¡Feliz viaje!
La cirugía ortopédica canina es un procedimiento cada vez más frecuente en perros con problemas…
La hidroterapia para perros se ha consolidado como una de las técnicas más efectivas dentro…
La movilidad es uno de los pilares fundamentales de la calidad de vida de los…
El envejecimiento es una etapa natural en la vida de todo perro. A medida que…
Cuando un perro sufre una lesión grave, una enfermedad degenerativa o una amputación, su movilidad…
La fisioterapia para perros es una herramienta fundamental para mejorar la calidad de vida de…